¿Son neutros los desarrollos tecnológicos? - Are technological developments neutral?
Palabras clave:
inteligencia artificial, teoría moral, responsabilidad, sociedad digital, culturaResumen
El presente artículo revisa los criterios de atribución de responsabilidad moral por los actos dañinos de la Inteligencia Artificial. Se sostiene en él que la atribución de responsabilidad por la intención directa o indirecta del autor, que dirige la voluntad hacia un mal, no alcanza a responder adecuadamente los problemas que plantea la Inteligencia Artificial a la teoría moral.
Para ello se recurre a la diferencia entre objetos naturales y objetos culturales (artefactos) y se sostiene que, si bien hasta la irrupción del mundo digital, ésta no era una diferencia sustancial, lo es ahora por las características de las creaciones humanas (artefactos) digitales.
Se propone, en cambio, que la atribución de responsabilidad podría fundamentarse en los efectos del acto de creación de la Inteligencia Artificial.
Citas
Alvira, T., Clavell, L., & Melendo, T. (1993). Metafìsica. Pamplona: EUNSA.
Asimov, I. (2004). Yo, Robot. (M. B. Barret, Trad.) Barcelona: Edhasa.
Basso, D. (1997). Los principios internos de la actividad moral. Buenos Aires: CIEB.
García Huidobro, J. (2005). El anillo de Giges. Santiago de Chile: Andrés Bello.
Gilson, É. (2000). El Tomismo. Pamplona: EUNSA.
Hervada, J. (2008). Introducción crítica al Derecho Natural. Buenos Aires: Ábaco.
Monterroza-Ríos, Á. D. (2020). “El papel retroalimentador de los artefactos en el desarrollo de las técnicas humanas”. Trilogía (Ciencia Tecnología Sociedad).
Ortega y Gasset, J. (1957). Meditaciones de la técnica. Madrid: Revista de Occidente.
Pieper, J. (1986). El concepto de pecado. Barcelona: Herder.
Pieper, J. (1997). Las virtudes fundamentales. Madrid: Rialp.
Sadin, E. (2020). La inteligencia artificial o el desafío del siglo. Buenos Aires: Caja Negra Editora.
Descargas
Publicado
Número
Sección
Licencia
Los autores/as que publiquen en esta revista aceptan las siguientes condiciones:- Los autores/as conservan los derechos de autor y ceden a la revista el derecho de la primera publicación, con el trabajo registrado con la licencia de atribución de Creative Commons, que permite a terceros utilizar lo publicado siempre que mencionen la autoría del trabajo y a la primera publicación en esta revista.
- Los autores/as pueden realizar otros acuerdos contractuales independientes y adicionales para la distribución no exclusiva de la versión del artículo publicado en esta revista (p. ej., incluirlo en un repositorio institucional o publicarlo en un libro) siempre que indiquen claramente que el trabajo se publicó por primera vez en esta revista.
- Se permite y recomienda a los autores/as a publicar su trabajo en Internet (por ejemplo en páginas institucionales o personales) antes y durante el proceso de revisión y publicación, ya que puede conducir a intercambios productivos y a una mayor y más rápida difusión del trabajo publicado (vea The Effect of Open Access).