Resocialización de condenados: política de Estado y participación de la sociedad
Abstract
En nuestra legislación de fondo, como ocurre en la mayoría de los países, la sanción, en cualquiera de sus variantes, sigue siendo una de las principales respuestas del derecho penal positivo, atemperada sólo por algunas alternativas reguladas por la ley de fondo o por la de ejecución penal. En cuanto a sus fundamentos y fines, la postura dominante sostiene una visión integradora acerca de que la sanción penal no tiene un único fundamento ni un sólo fin, excluyente de otros, sino que se integra con componentes retributivos y de prevención, tanto general como especial positivas. Centrado en el análisis de la etapa de ejecución de este tipo de sanción, en nuestro sistema jurídico, la “reforma” y la “readaptación social” son finalidades constitucionales y jurídicas de la pena. A ellas nos referiremos en este trabajo.
References
Arnanaz, E. (1988) Cultura y Prisión, Una experiencia y un proyecto de acción sociocultural penitenciaria. Madrid: Popular.
Arocena, G. A. (2010) “La ejecución Penitenciaria en el Ordenamiento Jurídico Argentino, principios Básicos”, en: Teoría y Práctica de los derechos fundamentales de en las prisiones, Montevideo: BdF; 112-161.
Bettiol, G. (1954) “Prevención y Represión en la Reforma Penal”, en: Estudios, Vol. II, 1954; 838/55.
Canovas, G. y M. Burgos (2004) “Mens sana in corpore sano Adolescente y deporte”, en: Revista Hacer Familia, mayo-junio 2004; 53.
Carrera, D. (1998). “Alternativas a la Pena y a la Privación de la Libertad “, en: Teorías Actuales en el Derecho Penal. Buenos Aires: Ad-hoc; 56-58.
Castillo Algarra, J. (2005) Deporte y Reinserción Penitenciaria. Madrid: Consejo Superior de Deportes, Centro de alto Rendimiento y de Investigación en Ciencias del Deporte.
Castillo Algarra, J. (2010) Deporte y reeducación en conductas antisociales en prisión: principales experiencias. Madrid: Consejo Superior de Deportes, Centro de alto Rendimiento y de Investigación en Ciencias del Deporte.
Chamarro, A. (1993) “Deporte y ocio para la reincersión de reclusos. La experiencia del Centro Penitenciario de Pamplona”, en: Revista de Psicología del Deporte, 13, 1993; 69-91.
Courtenay W.H. y Sabo D. (2001) “Preventive health strategies for men in prison”, en: Prisions Masculinities. Philadelphia: Temple University Press; 157-172.
Donna, E. A. (1992) Teoría del delito y de la pena. Buenos Aires: Astrea.
Foucault, M. (1978) Vigilar y Castigar. Nacimiento de la prisión. Madrid: Siglo XXI.
Francisco (2013) Exhortación Apostólica Evangelii Gaudium sobre el anuncio del Evangelio en el mundo actual. Ciudad del Vaticano: Libreria Editrice Vaticana.
Francisco (2015) “Discurso en la Cárcel de Filadelfia”, 26 de septiembre de 2015.
Frias Caballero, J. (1981) Imputabilidad penal. Buenos Aires: Ediar.
Godoy Berrocal, M. H. (2003) “Hacia una aproximación a la construcción de reglas mínimas para la individualización judicial de la pena”, en: El Derecho Penal, E.D., mayo 2003; 10.
Hagan J. (1989) “Role and significate or sport/recreation in the penal system”, en: Prison Service Journal, 75-9-11, 1989.
Hitchoock, H. (1990) “Prisons, Excercise versus recreation”, en: Journal of Physical Education, Recreation and Dance, 1990, 61,6; 84-88.
Jescheck, H. H. (1981) Tratado de Derecho Penal, Parte General. Vol I. Trad. Santiago Mir Puig. Madrid: Bosch.
Kant, E. (2006) Fundamentos para una metafísica de las costumbres. Madrid: Tecnos.
Kent, J. (1996) Derecho de la Ejecución Penal. Una aproximación al tercer milenio. Buenos Aires: Edit. Ad-hoc.
Marias, J. (1998). Antropología metafísica. Madrid: Alianza.
Martos Garcia, D., J. Devis Devis y A. Sparkes (2009) “Deporte entre rejas, ¿algo más que control social?, en: Revista Internacional de Sociología (RIS), Vol. 67, n. 2, Mayo-Agosto 2009.
Maurach, Reinhart, K. H. Gössel y H. Zipf (1994) Derecho Penal Parte General. Tomo II. Buenos Aires: Astrea.
Mortimer, G. (1999) “Mind games”, en: Rugby World, 78, 1999; 78-81.
Negro, C. (1995) “Actividades en los centros Penitenciarios”, en: P. Rodríguez y J.A. Moreno (dirs.) Perspectvas de actuación en Educación Física. Murcia: Univ. de Murcia; 229-245.
O`Morrow, G.S. y R.P. Reynolds (1989) “Therapeutic Rrecreation: A Helping Profesión”. Englewood Cliffs: Prentice Hall Inc.
Polo, L. (1990) La Libertad. Pamplona: EUNSA.
Proyecto Alcatraz: www.proyectoalcatraz.org
Proyecto Código Penal Argentino, 2006.
Quiles, I. (1980) La persona humana: fundamentos psicológicos y metafísicos. Aplicaciones sociales. Buenos Aires: Depalma.
Quintano Ripolles, A. (1984) La motivación moral en el Derecho Español (problemática de la nueva atenuación por motivos morales, altruistas y patrióticos, 7° del art. 9 del Código Penal)”, en: RGLJ, t. 185, 1948; 399.
Rios, M. (2004) “La Educación física en los establecimientos educacionales de Cataluña”, en: Tándem, n° 15, 2004; 69-82.
Rivera Beiras, I. (2009) La Cuestión Carcelaria. Historia, Epistemología, Derecho y Política Penitenciaria. Vol. 1. Buenos Aires: Ed. del Puerto.
Roxin, C. (1997). Derecho Penal Parte Gral. Fundamentos. La estructura de la teoría del delito. T. I. Traducción y notas de Diego M. Luzón Peña, Miguel Díaz, García Conlledo y Javier de Vicente Temesal. Buenos Aires: Civitas.
Salt, M. (1996) “Comentarios a la Ley de Ejecución Penal”, en: Rev. Nueva Doctrina Penal, 1996-B.
Salt, M. (1999) Los derechos fundamentales de los reclusos. España y Argentina. Buenos Aires: Ed. Del Puerto.
Viñas, E. I. (2004) “Pena de prisión, sus fines y su ejecución”, en: Cuadernos de Doctrina y Jurisprudencia Penal, Ad-hoc, 2004, Año IX, n. 17; 431/48.
Viñas, E. I. (2009) “El rugby y las virtudes humanas, un espíritu llamado a perdurar”.
Viñas, R. H. (2007) Derecho Penal Parte General. Buenos Aires: Nova Tesis.
Wagner M., R. Mabride y Croases (1999) “The effects of weigh-training exercise on agress”, en: Prison Service Journal, 79, 1999; 72-89.
Wojtyla, K. (1969) Amor y Responsabilidad. Madrid: Razón y fe.
Ziffer, P. (1999) Lineamientos de la Determinación de la Pena. Buenos Aires: Ad-hoc.

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